DILEMAS ETICOS DEL CONTADOR

Según la ley 43 de 1990, el contador público es:

La persona natural que mediante la inscripción que acredite su competencia profesional en los términos de la presente, está facultada para dar fe pública de hechos propios del ámbito profesional, dictaminar sobre estados financieros, realizar las demás actividades relacionadas con la ciencia contable en general. (Ley 43, 1990 art.1).


Al interpretar la definición y el impacto jurídico que tienen las normas para el contador público, se reitera el papel que cumple en la sociedad, de tal forma que se integran los principios fundamentales, la ética profesional y se aceptan todas las responsabilidades de carácter técnico y legal en el desarrollo en la ciencia contable.

PRINCIPIOS ÉTICOS DE UN CONTADOR PUBLICO

La ética del contador público es la conducta en vida privada y profesional, orientado por los valores morales para desarrollar su profesión con entereza, dedicación y responsabilidad con todos los elementos inherentes al oficio. Para Colombia se acentúa el código de ética profesional según el pronunciamiento 3 es un conjunto de normas que no solo sirven de guía sobre las conductas morales; además, es una declaración de servicio, lealtad, diligencia y respeto al bienestar común en la sociedad.

Según el título I del Código de ética profesional de la ley 43 de 1990, se consideran como principios éticos de la profesión contable los siguientes:

Integridad: El Contador Público deberá ser recto, honesto y leal en el ejercicio de la profesión, debe distinguirse por tener una conciencia moral que debe estar ligada a su actuar. 

Objetividad: Debe ser imparcial al momento de firmar y certificar cualquier documento.

Independencia: Debe demostrar independencia mental y de criterio respecto a cualquier interés particular.

Responsabilidad: El contador público debe tener como principio base la responsabilidad, debido a que cuando firma cualquier documento se hace responsable sobre lo que pueda ocurrir con éste, su autógrafo determina el grado de responsabilidad y esto influye si es necesario la sanción disciplinaria.

Confidencialidad: Debe ser leal, comprometido y reservado con su cliente.

Observancia de la disposición normativa: El contador debe respetar y seguir la normatividad que el Estado y el Consejo Técnico de la Contaduría Pública establezca para la profesión.

Competencias y actualización profesional: El contador deberá actualizarse constantemente, mientras se mantenga activo en la profesión.

Difusión y colaboración: Debe contribuir, enseñar y buscar nuevas técnicas que magnifiquen la profesión.

Respeto entre colegas: Debe ser leal y transparente con sus colegas.

Conducta ética: El contador debe tener conducta intachable, debe tener buena reputación y contar siempre con los mejores comentarios sobre su conducta 

CUESTIONAMIENTOS ÉTICOS


1. ¿Solo los contadores sabían los movimientos económicos de la empresa Reficar?

En el caso de Reficar era de conocimiento de otras áreas afines a las contables como los interventores, auditores y revisores fiscales. Se recae en la negligencia de ejercer las medidas de control pertinentes para las irregularidades contables y de riesgo. Esto impone la responsabilidad de realizar denuncia obligatoria a los entes de control, protegido en su rol de servidor público y bajo las normas anticorrupción.

2. ¿En este caso se ve afectada la ética profesional en la conducta de los contadores?

Las amenazas a la conducta ética el entorno actual es constantes; la participación y aceptación de las malas prácticas del cliente; los participantes debieron abstenerse de realizar cualquier acto que pueda afectar negativamente la buena reputación del profesional, tanto en el marco legal como el moral de las personas involucradas vulnera los principios de observancia a disposiciones legales y objetividad.

3. ¿Cómo se ve afectada la profesión de Contaduría pública con las malas conductas?

El contador al tener conductas inapropiadas, desvía la intención de la profesión “servir al interés público”, creando consecuencias negativas e impactos en la sociedad, en las organizaciones públicas y privadas y con el paso del tiempo llevan al deterioro del prestigio de la profesión.

Ante la responsabilidad de la profesión contable para reafirmar el propósito de servir al interés público, el Manual del Código de Ética, enuncia en la sección 100.1 lo siguiente “Una marca distintiva de la profesión contable es su aceptación de la responsabilidad de actuar en el interés público. Por lo tanto, la responsabilidad de un contador profesional no es exclusivamente satisfacer las necesidades de un cliente o empleador individual. Al actuar en el interés público, un contador profesional deberá observar y cumplir con este código” (Manual del Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad, 2014, Sección 100.1)







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